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Se aprueba la Ley de Formación para el Empleo con un amplio respaldo

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La normativa queda aprobada con un amplio consenso garantiza mayor calidad en el empleo, según afirma la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez.
La comisión de empleo y seguridad social del Senado ha aprobado la Ley de Reforma del Sistema de Formación Profesional para el Empleo, concluyendo así la tramitación como Proyecto de Ley delReal Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo.
La Ley ha sido aprobada con las aportaciones de todos los grupos parlamentarios, y con el respaldo de más del 90% de los votos en el Congreso y del 90% en el Senado.
Ante las debilidades detectadas en el antiguo modelo de formación profesional que ha estado vigente en España desde hace 20 años, la nueva normativa tiene como objetivo contribuir a mejorar competitividad empresarial, la empleabilidad y promoción profesional de los trabajadores, incluyendo un aprendizaje permanente.
Como novedades podemos destacar la posibilidad de que las empresas de menos de 100 trabajadores puedan agruparse para facilitar su acceso a la formación, y que las de menos de 50 trabajadores puedan acumular su crédito de formación durante dos años para favorecer la realización de acciones formativas de calidad. Además, quedan exentas de cofinanciación las empresas de menos de cinco trabajadores lo que afectará a más de 1.200.000 empresas.
Los servicios públicos de empleo proporcionarán un cheque formación a los trabajadores desempleados que les acredite para realizar acciones formativas para su empleabilidad. El trabajador entregará el cheque a la entidad de formación seleccionada por él de entre las que cumplan los requisitos de acreditación y/o inscripción para impartir la formación.
Se implantará  una cuenta-formación que acompañará al trabajador a lo largo de su carrera profesional que acredite toda la formación que ha realizado y le ayude a incrementar su empleabilidad.
La formación dentro de la empresa será clave, pudiendo impartir la formación en sus propias instalaciones, siempre que dispongan de los medios necesarios. La formación que no se realice en el seno de la empresa sólo podrá impartirse por entidades formativas acreditadas y/o inscrita.
En relación a la formación de oferta, en todos los casos la gestión  se realizará en régimen de concurrencia competitiva y sólo entre las entidades que cumplan los requisitos establecidos de registro y/o de acreditación.
Puedes consultar aquí más detalles sobre esta noticiaaquí. Descarga desde aquí elProyecto de Ley por el que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo.

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